La CNMC amplía a dos empresas el expediente sancionador en la distribución de vehículos de OPEL

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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha ampliado la incoación del expediente sancionador abierto en el mercado español de la distribución de vehículos de motor de la marca OPEL.

En una nota, el regulador explica que se han incluido dos nuevas empresas a este expediente, con el que se eleva a 28 el total de los incoados por este procedimiento.

A finales de agosto del año pasado se incoó el expediente sancionador S/0489/13 Concesionarios OPEL, contra la empresa ANT Servicalidad, la Asociación de Concesionarios de Opel España (Ancopel) y varios concesionarios distribuidores de vehículos de la marca.

Estos concesionarios eran Aelsa, Autoviasa (Comercial Autovía, S.A.), Cesmauto, Diso Madrid, Ibericar Technik, Masternou, Motor Repris Automocio y Motorkar.

En julio de este año se amplió la incoación a otros 16 concesionarios de la marca, que son Aceña Móvil, Agrogil, Alcarreña de Turismos, Automóviles Urbieta, Autotodo, Bétula Cars, Gerar, Gómez Platz, Lista Motor, Motor Coruña, Motor Leyva, Motor Aluche, Roauto, Seligrat de Automoción, Talleres Prizán y Turismotor.

En la investigación se analizan posibles prácticas anticompetitivas consistentes en la fijación de precios y condiciones comerciales y de servicio, así como el intercambio de información comercialmente sensible en el mercado español de la distribución de vehículos de motor de la marca OPEL.

Tras el análisis de la documentación obrante en el expediente y, en particular, la obtenida en las inspecciones realizadas en las sedes de ANT Servicalidad y Ancopel, se ha tenido acceso a determinada información de la que puede deducirse la existencia de indicios racionales de la participación de Anco Central de Compras y Centro Sur de Automóviles.

Por este motivo, la Dirección de Competencia ha ampliado la incoación del expediente a estas dos empresas, por una posible infracción del artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia.

La CNMC aclara que la ampliación de la incoación no prejuzga el resultado final de la investigación, manteniéndose vigente el periodo máximo de 18 meses desde la fecha de la incoación inicial para la instrucción y resolución de este expediente por la CNMC.

Fuente: Europa Press

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